id nombre descripcion organo_competencias enlace_organo regimen_sesiones legislatura
107 Junta de Gobierno Local <ul><li><strong>La Junta de Gobierno, presidida por el Alcalde D. Óscar Martínez de la Casa, como Alcalde y estará integrada por los siguientes Concejales:<br><br>Dña. Rosario Pérez García&nbsp;</strong></li><li><strong>D. Martín Alonso Mannens&nbsp;</strong></li><li><strong>Dña. Sara Fernández&nbsp;</strong></li><li><strong>Dña. Ruth Poderoso Serrano&nbsp;</strong></li><li><strong>D. Alberto Cuenca Serrano<br><br>Periodicidad<br></strong><br>&nbsp;Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se celebrarán semanalmente, con carácter preferente los jueves de cada semana, a las 13 horas, con excepción de períodos estivales, navideños y otros feriados.<strong><br><br><br>Atribuciones<br></strong>1. Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos no menores que correspondan a esta Alcaldía, de conformidad con la Disposición Adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.&nbsp;</li><li>2. Aprobación de facturas derivadas de contratos de obras cuyo importe sea igual o superior a 40.000 euros, así como el resto de facturas cuyo importe sea igual o superior a 15.000 euros.</li><li>3. Solicitud y concesión de subvenciones por importe igual o superior a 15.000 euros, así como la aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de estas últimas.&nbsp;</li><li>4. Aprobación de convenios administrativos cuyo importe sea igual o superior a 15.000 euros.&nbsp;</li><li>5. Aprobación de concesiones administrativas cuyo importe sea igual o superior a 15.000 euros.&nbsp;</li><li>6. Resolución de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial cuyo importe sea igual o superior a 15.000 euros.&nbsp;</li><li>7. Aprobación de instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general expresamente atribuidas al Pleno, así como los instrumentos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización.&nbsp;</li><li>8. Aprobación de los proyectos de obras y servicios municipales cuando sea competente para su contratación o concesión.&nbsp;</li><li>9. Otorgamiento de licencias de apertura para establecimientos sometidos a alguno de los procedimientos regulados en la Ley 2/2002, de 19 de junio de, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, dentro de la competencia legalmente reconocida a la Alcaldía.&nbsp;</li><li>10. Otorgamiento de licencias de obras precisadas de proyecto técnico.&nbsp;</li><li>11. Concesión de calificaciones urbanísticas cuya competencia corresponda a Alcaldía.&nbsp;</li><li>12. Aprobación de la autorización y disposición del gasto en materias delegadas a la Junta de Gobierno Local.&nbsp;</li><li>13. La resolución de expedientes de omisión de la función interventora.</li><li><br></li><li><a href="https://transparencia.ayto-humanesdemadrid.es/storage/uploads/1750749146Decreto%20JGL.pdf">Decreto Composición Junta de Gobierno</a></li></ul>       2023-2027                                      
108 Pleno del Ayuntamiento <div><strong>El Pleno lo componen todos los concejales, está presidido por el Alcalde y tiene atribuidas sus funciones por la Ley 7/85, de bases de régimen local.<br><br>Periodicidad<br><br>Una sesión ordinaria que se celebrará bimensualmente (meses impares) excepto el mes de SEPTIEMBRE, por motivo de las Fiestas Populares, que se trasladará al mes de OCTUBRE<br><br>Composición<br><br>D. ÓSCAR LALANNE MARTÍNEZ DE LA CASA <br>Dª. ROSARIO PÉREZ GARCÍA <br>Dª. SARA FERNÁNDEZ PÉREZ <br>D. ALBERTO CUENCA SERRANO <br>D. ROBERTO CABALLERO RODRÍGUEZ<br>Dª. MARÍA LUISA DE PAZ GÓMEZ<br>D. DANIEL MARTÍNEZ PARRO <br>Dª ANA MARÍA MILLÁN PLEITE<br>D. RAÚL FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ <br>Dª. MILAGROS DEL PINO SUELA <br>D. ÁLVARO BERROCOSA PÉREZ <br>D. MARTÍN ALONSO MANNENS <br>Dª RUTH PODEROSO SERRANO <br>D. ALBERTO RIVAS GONZÁLEZ <br>D. HÉCTOR ANDRÉS BARRETO BASGALL <br>Dª Mª TERESA GONZÁLEZ MARTÍNEZ <br>D. GUILLERMO BLÁZQUEZ DOMÍNGUEZ <br><br>Atribuciones<br><br>Corresponden, en todo caso, al Pleno municipal a los Ayuntamientos, ya la Asamblea vecinal en el régimen de Concejo Abierto, las siguientes atribuciones:<br><br>a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.<br><br>b) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de municipios y de las entidades a las que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de la bandera, la enseña o el escudo.<br><br>c) La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y otros instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística, así como los convenios que tengan por objeto la alteración de cualquiera de dichos instrumentos.<br><br>d) La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.<br><br>e) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo esto de acuerdo con lo que dispone la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.<br><br>f) La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.<br><br>g) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras administraciones públicas.<br><br>h) El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y otras administraciones públicas.<br><br>i) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual.<br><br>j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria.<br><br>k) La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.<br><br>l) La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.<br><br>m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto - salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior de las mismas.<br><br>n) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando todavía no estén previstos en los presupuestos.<br><br>p) Aquellas otras que deban corresponder al Pleno para exigir su aprobación una mayoría especial.<br><br>q) Las demás que expresamente le confieran las leyes.<br><br><br><br>Corresponde, igualmente, al Pleno la votación sobre la moción de censura al alcalde y sobre la cuestión de confianza planteada por éste, que serán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se rigen por lo dispuesto en la legislación electoral general.<br><br>El Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones al Alcalde ya la Junta de Gobierno Local, salvo las enunciadas en el apartado 2, párrafos a), b), c), d), e), f), g), h), i), l) yp), y en el apartado 3 de este artículo.<br><br></strong><a href="https://transparencia.andratx.es/storage/uploads/17519649732.-NOMENAMENT%20BATLESSA.pdf"><strong>Acta del Pleno del 28 de junio de 2023 - Organizativo</strong></a></div>       2023-2027